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06/08/2024

Cerró la paritaria de empleadas domésticas: cuánto cobrarán en julio y agosto 2024, según la categoría

Fuente: telam

Las trabajadoras de casas particulares recibirán aumentos salariales en julio y agosto tras un nuevo acuerdo paritario

>La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) cerró una nueva paritaria para las trabajadoras del sector para julio y agosto. Los aumentos para empleadas domésticas en esos dos meses serán del 8,5% y 4%, respectivamente.

El aumento salarial previo había sido de 18% en dos tramos: 11% en abril y 7% en mayo.

El próximo 18 de septiembre se hará una nueva revisión salarial.

Personal para tareas específicas

    Supervisores

      Caseros

        Cuidado de personas

          Tareas generales

            Personal para tareas específicas

              Supervisores

                Caseros

                  Cuidado de personas

                    Tareas generales

                      Además, hay montos adicionales. Por antigüedad corresponde un 1% por cada año trabajado con el mismo empleador, sobre el salario mensual. También se debe abonar un 30% más por zona desfavorable para el personal que trabaje en: La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.

                      Por otra parte, la legislación vigente aclara que para aquellos trabajadores comprendidos en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844 (empleados formales del servicio doméstico), que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, debe percibir su salario considerando el importe establecido para la modalidad retributiva “mensual”, en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas. Respecto de quienes trabajen para un mismo empleador menos de 24 horas semanales, el salario se debe liquidar de acuerdo a la modalidad retributiva “por hora”.

                      Datos necesarios para la inscripción y alta laboral

                      La inscripción puede ser anulada hasta las 23:59 del día en que se realizó el registro. Durante este periodo, está disponible la opción “Anular” dentro de la tarjeta correspondiente a esa relación laboral en el portal de inicio. Si se supera este plazo, la anulación debe realizarse de manera presencial en cualquier oficina de la AFIP.

                      Fuente: telam

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